Hostilidad laboral

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Fecha

2023-05-17

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Editor

Universidad San Pedro

Resumen

Actualmente se introducen diversos tipos de acoso en el mercado laboral, los más comunes son los descritos en el artículo 30 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, pero también tenemos otros tipos de acoso en el mercado laboral además de los descritos en el Mercado Laboral. Los ejemplos incluyen el acoso sexual y el abuso de los poderes de ius variandi del empleador, que incluyen el derecho del empleador a cambiar ciertas condiciones de trabajo, pero se puede argumentar que no es fácil para un empleado probar lo que es hostil en el lugar de trabajo bajo un estándar de razonabilidad. Si se detectan hostilidades, se debe iniciar con los procedimientos correctos contenidos en el artículo 30 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, que establece que el patrón debe ser citado dentro de los seis días naturales para su despido o destitución. Para cambiar su comportamiento, cuando haya vencido el plazo prescrito y el patrón no cambie el comportamiento hostil, el trabajador puede tomar acción bajo las disposiciones de la nueva ley de procesos laborales. 29497. En esta guerra laboral, damos por sentado que es porque los patrones han agraviado a sus trabajadores, y nosotros estamos del lado de los trabajadores. Con la mala gestión y el abuso de poder que siguen ocurriendo hoy en día, debemos detener este acoso sexual y odioso, las fechorías de este empleador contra sus empleados deben hacerse legalmente, ya que todos tenemos el derecho y la responsabilidad de hacerlo, pero moral y psicológicamente, el respeto al bien común y la paz social.

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Palabras clave

Hostilidad laboral

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