El divorcio como sanción o remedio.
dc.contributor.advisor | Yengle Ruiz, Miguel Hernan | |
dc.contributor.author | Borja Rueda, Luis Alfredo | |
dc.date.accessioned | 2020-08-31T16:24:03Z | |
dc.date.accessioned | 2020-09-04T21:38:52Z | |
dc.date.available | 2020-08-31T16:24:03Z | |
dc.date.available | 2020-09-04T21:38:52Z | |
dc.date.issued | 2019-09-02 | |
dc.description.abstract | De todo lo que hemos expuesto sacamos una conclusión terminante: El divorcio ha dejado de ser una sanción para el causante del mismo y constituye, en el fondo, una SOLUCIÓN. Al declararlo el juez no hace sino constatar un hecho incuestionable: se ha producido la ruptura de esos vínculos y afinidades que motivaron la unión. Como lo hemos sostenido en anterior oportunidad, el divorcio es una solución que debe darse cuando ha quedado rota la comunidad inherente a la vida marital. El divorcio no se produce para deshacer lazos que ya existen. Se trata de un instrumento legal que se utiliza cuando se está en estado de disolución. Y a ello agregamos, en palabras del insigne Diez-Picazo citado por peralta Andia (2008), que "el divorcio es el paso necesario para la celebración de un nuevo matrimonio y con ello se facilita la reestructuración de la familia. Aunque ello se produzca en forma laica y no religiosa, determina un efecto conservador. Lo destructor y disolvente no es el divorcio, sino un sistema no divorcista, cuando las costumbres no pueden impedir la formación de uniones irregulares que la falta de divorcio impide regularizar" (Luis Díez-Picazo y Antonio Gullón, Sistema de Derecho Civil, volumen IV, 1983, págs. 146 y 147). Finalizamos manifestando que cuando la Justicia interviene para deshacer los lazos de un matrimonio aniquilado por uno o ambos cónyuges no produce un rompimiento ya consumado y se limita a constatarlo. No es la mano de la Ley y de la Justicia la que destruye el matrimonio. Este ya está destruido y lo que se hace es reemplazar el engaño por la verdad y sancionar la realidad haciendo desaparecer lo que ya no es sino una pura ficción. Todo lo dicho se refiere al matrimonio y al divorcio civil pues el Código de 1984, consciente de nuestra tradición y fe religiosa establece en su artículo 360 que "las disposiciones de la ley sobre divorcio y la separación de cuerpos no se extienden más allá de sus efectos civiles y dejan íntegros los deberes que la religión impone" | es_ES |
dc.description.uri | Trabajo de Suficiencia Profesional | es_ES |
dc.format | application/pdf | es_ES |
dc.identifier.uri | http://repositorio.usanpedro.edu.pe/handle/USANPEDRO/12750 | |
dc.language.iso | spa | es_ES |
dc.publisher | Universidad San Pedro | es_ES |
dc.publisher.country | PE | |
dc.rights | info:eu-repo/semantics/openAccess | es_ES |
dc.rights.uri | https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/ | es_ES |
dc.source | Universidad San Pedro | es_ES |
dc.source | Repositorio Institucional - USP | es_ES |
dc.subject | Divorcio | es_ES |
dc.subject.ocde | https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01 | es_ES |
dc.title | El divorcio como sanción o remedio. | es_ES |
dc.type | info:eu-repo/semantics/bachelorThesis | es_ES |
renati.advisor.dni | 18073658 | es_ES |
renati.author.dni | 15760423 | |
renati.discipline | 341106 | |
renati.juror | Valderrama Calderon, Marino Jesus | es_ES |
renati.juror | Abrego Herrera, Marcelo | es_ES |
renati.level | https://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesional | |
renati.type | https://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional | |
thesis.degree.discipline | Derecho | es_ES |
thesis.degree.grantor | Universidad San Pedro. Facultad De Derecho Y Ciencias Politicas | es_ES |
thesis.degree.level | Titulo Profesional | es_ES |
thesis.degree.name | Abogado(a) | es_ES |
thesis.degree.program | Presencial | es_ES |