El sistema normativo procesal y jurisdiccional del Tribunal Constitucional peruano sobre ordenanzas regionales

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Fecha

2018-12-11

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Universidad San Pedro

Resumen

Respecto a la Ordenanza Regional N° 003-2010-Región Ancash/CR, se debe observar que su naturaleza contraviene con el Art. 74 de la Constitución Política del Perú y de las Limitaciones de la Potestad Tributaria: es por ello, que el Tribunal Constitucional debió pronunciarse respecto a la potestad tributaria que tiene el Gobierno Regional de Ancash; por tanto la investigación será de tipo dogmatico, análisis exegético y análisis jurisprudencial; analizando la falta de pronunciamiento del TC respecto al fallo que declaró la inconstitucionalidad de la Ordenanza Regional de Ancash, teniendo como objetivo general, Determinar si la O.R N° 003-2010-Región Ancash/CR contraviene con el Art. 74 de la Constitución Política del Perú y las limitaciones de la Potestad Tributaria, y como objetivo específico analizar la naturaleza jurídica tributaria de la O.R N° 003-2010-Región Ancash/CR; por tanto la hipótesis arribada es, que sí debió pronunciarse el Tribunal Constitucional Peruano en cuanto a la naturaleza y limitaciones de la potestad tributaria sobre la Ordenanza Regional de Ancash que regula en materia tributaria. Los resultados obtenidos no demuestra, que el Tribunal Constitucional Peruano en su sentencia de inconstitucionalidad sobre la ordenanza regional de Ancash que regula materia tributaria, debió emitir pronunciamiento en cuanto a su naturaleza y limitaciones de dicha ordenanza antes citada.

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Pronunciamiento del tribunal

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