Derecho Constitucional a la Legítima Defensa en la Exención de la Responsabilidad Penal en el Perú

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Fecha

2020-10-16

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Editor

Universidad San Pedro

Resumen

La "legítima defensa" se constituye en una "causa excluyente de antijuricidad" o "causa de justificación", prevista en el artículo 20, inciso 3, del Código Penal (norma permisiva), generando una exención de responsabilidad penal de cumplirse con todos sus requisitos. La legítima defensa hace frente a la puesta en peligro de los bienes jurídicos del cual es titular el agredido, más aún podría concurrir la legítima defensa a favor de terceros, lo cual debería enmarcarse en la racionalidad de detener la agresión. Actualmente este es uno de los problemas más resaltantes que afronta la interpretación dogmática de la ley penal, pues si bien es cierto, la defensa propia se orienta a la vulneración de un Derecho Propio mas no al ajeno, o lo mismo podría ocurrir en la defensa en contra de la agresión de bienes jurídicos de titularidad colectiva, donde es necesario establecer si nos situamos ante un plano de defensa propia o de un estado de necesidad justificante (código penal Artº 20, inc. 4).

Descripción

Palabras clave

Legítima, Defensa, Responsabilidad penal

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