La forma agravante "a mano armada" en el delito de robo agravado.

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Fecha

2018-12-28

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Editor

Universidad San Pedro

Resumen

Dentro del presente trabajo de investigación, se incluye el delito de robo agravado tipificado en el artículo 189° del CP inc. 3, cabe recalcar que es un tema complejo que a la vez engloba a otros delitos el cual nos pone de manifiesto la inseguridad ciudadana que se vive en estos tiempos. En el análisis respectivo que se lleva a cabo de este tema muchos autores nos manifiestan que es un delito pluri-ofensivo y todos coinciden en ello, puesto que no solo ataca el patrimonio sino también la integridad física y la tranquilidad del sujeto pa sivo. Es importante que se diferencie el robo que es el tipo base de la agravante a mano armada señalada en el art. 189° inc. 3 del CP, del delito de Hurto para que al momento de resolver este tipo de delito no se caiga en el error en cuanto a la subsunción para aplicarla de acuerdo a lo que señala la ley. También hemos encontrado dentro de la doctrina que para que exista este tipo de delito o para que se configure se necesitan de varios elementos que se deben tener en cuenta, además que dos de estos elementos diferencian perfectamente de hurto los cuales son la violencia y la amenaza por parte del agresor al momento de perpetrar el ilícito. Asimismo, se realizó una comparación de legislaciones con otros países, tales países fueron España, Argentina y Ecuador siendo estos similares al nuestro en ciertos aspectos. Se exponen algunos criterios con respecto a la tenencia ilegal de armas que es un delito muy aparte del delito de robo a mano armada y lo cual nos lleva a tener en cuenta que el delito de robo a mano armada es un delito de resultado y que el bien jurídico tutelado es el patrimonio, es por ello que existen distinciones muy claras a saber.

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Palabras clave

Delito, Robo agravado

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