El proceso de amparo en la restitución de pensión de jubilación
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Fecha
2023-10-17
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Editor
Universidad San Pedro
Resumen
A partir del 1º de noviembre de 2004, en el Perú entro en vigencia el Código Procesal Constitucional, donde se regula siete procesos constitucionales El citado Código regula tanto procesos constitucionales orgánicos como procesos constitucionales de tutela de derechos, los cuales en su conjunto tienen por finalidad garantizar la primacía de la Constitución y la vigencia de los derechos fundamentales, siendo que los primeros se encuentran destinados al análisis de las normas legales, hecho por el cual se brinda una tutela de los derechos fundamentales de forma indirecta al tener por finalidad expulsar del ordenamiento jurídico aquellas normas legales que contravienen la Constitución, las leyes y las competencias constitucionalmente asignadas. Estos procesos de control normativo, se encuentran a cargo de dos órganos jurisdiccionales. Así, el Poder Judicial de manera exclusiva se encuentra a cargo de resolver los procesos de acción popular y revisa la legalidad de normas infralegales de carácter general (reglamentos, resoluciones administrativas, resoluciones y decretos) hasta en dos instancias (Salas Superiores y Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de la República, mientras que el Tribunal Constitucional se encuentra a cargo, en única y definitiva instancia, de los procesos de inconstitucionalidad y de conflictos de competencias, siendo que en el primero se revisa la constitucionalidad de la norma impugnada, mientras que en el segundo se analizan los ámbitos de competencias o atribuciones de los poderes estatales, entidades u órganos constitucionales.
En cuanto a los procesos constitucionales de tutela de derechos, que se encuentran destinados a la protección directa de los derechos fundamentales, encontramos a los procesos de amparo, hábeas corpus, hábeas data y cumplimiento. destacando el proceso de amparo como la garantía constitucional que protege más derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Política del Perú, así como lo indica el artículo 37° del Código Procesal constitucional, donde se enumera 24 derechos protegidos y el inciso 25 señala: los demás que la constitución reconoce.
Descripción
Palabras clave
Amparo, Pensión de jubilación