Análisis del Expediente N° 1207-2015-61-2501-JR-PE-04
Cargando...
Archivos
Fecha
2019-09-02
Autores
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Universidad San Pedro
Resumen
En el presente trabajo se realizó el análisis jurídico de la sentencia de vista de fecha 08 de junio del 2017 emitido por la primera sala penal de apelaciones de la corte superior de justicia del santa: en resumen dicha sentencia de vista transgrede diversos derechos constitucionales, que ha palestra ha tenido como resultado que los ciudadanos: JAIME CESAR CASTILLO BACILIO, GIANCARLO WILSON ZELADA RAMOS, JOHNNY ROBERT VASUQEZ DÁMASO, tengan en la calidad de reo en cárcel en el establecimiento penitenciario cambio puente, en razón que el aquo le impuso una medida coercitiva personal prisión preventiva por el lapso de 9 meses, pero debemos señalar que en audiencia de apelación de prisión preventiva, la primera sala penal de apelaciones, revocaron la prisión preventiva, que en audiencia de apelación además existe diversas contradicciones en los vertidos los testigos, aunado a ello se ha vulnerado la casación N° 321- 2011, Amazonas sobre el control de identidad e intervención corporal (Articulo 205 del código procesal penal ), igualmente la CASACIÓN 253-2013 ? PUNO sobre la prolongación del registro personal), los que fueron intervenidos en el segundo hecho es decir, la intervención realizada por el personal de la comisaria de Nuevo Chimbote. Resulta que las pruebas obtenidas por los efectivos policiales de la comisaría de nuevo Chimbote, se han obtenido como producto o resultado de la violación de un derecho fundamental o garantía constitucional, en otras palabras los casos en que para la obtención de prueba se vulnere uno de los derechos consagrados en nuestra Constitución, dígase derecho a la inviolabilidad de domicilio (Art. 21 CPE, 180 CPP), derecho a la inviolabilidad de correspondencia y de las comunicaciones (Art. 20 CPE, 190 y 217 CPP), derecho a no autoincriminarse, derecho a la asistencia legal obligatoria, derecho a no ser incomunicado, la prohibición del empleo de torturas y/o maltratos (Art. 12 CPE, 13 CPP), derecho a la intimidad, entre otros que son componentes del debido proceso conforme al Art. 16.IV de la Constitución Política del Estado.
Descripción
Palabras clave
Derecho procesal penal