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Examinando Investigación por Materia "Alimentos"
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Ítem El deber alimentario entre los integrantes de las familias reconstituidas, en el sistema jurídico peruano(Universidad San Pedro, 2018-02-14) Urcia Quispe, Manuel; Hurtado Chancafe, Alberto; Guzmán Morales, BriseydaEn la legislación peruana la definición de familia y las situaciones jurídicas ( deberes y derechos) que surgen entre sus integrantes no se encuentra aún debidamente legisladas; ha sido la jurisprudencia especialmente la del tribunal constitucional la que ha establecido nuevas definiciones como son: las familias monoparentales y reconstituidas o reemsambladas ; sin embargo los deberes que nacen entre sus integrantes no han quedado claramente definidos por lo que haciendo un análisis documental y aplicando entrevistas a los operadores jurídicos responsables de la aplicación de los derechos que surjan entre estos especialmente el de alimentos se ha establecido como resultados que en trabajos de investigación en el país como tesis y artículos concluyen que si corresponde el deber alimentario entre sus integrantes aún cuando no exista vinculo de parentesco entre sus integrantes. Por su parte los magistrados de la corte superior de justicia del Santa han manifestado conocer la posición del tribunal constitucional, que no se ha presentado aún ningún caso en esta sede pero que de presentarse la declararían fundada hasta un límite de 18 años.Ítem La vigencia del hijo alimentista y la posible gratuidad de la prueba de ADN en los procesos de filiación(Universidad San Pedro, 2018-02-14) Ojeda Chú, Mariana Lucía; Alvarado Moncada, Galia JessicaLa presente investigación tuvo por objeto realizar un análisis sobre la legislación de la filiación de paternidad y el derecho de los hijos extramatrimoniales; presupuestos normados en el Código Civil de 1984, en el Art. 415° el derecho de los hijos alimentistas a reclamar una pensión de alimentos, y en el Art. 402° los supuestos por los que se puede demandar la filiación extramatrimonial, siendo uno de ellos, la prueba biológica de ADN. Actualmente, el avance tecnológico permite que los justiciables pueden acceder a la prueba genética con mayor facilidad que hace 30 años; asimismo, en el marco de los derechos que tienen los niños, niñas y adolescentes, el Estado debe garantizar la subsistencia material del menor a la par de su derecho a la identidad genética. A través del método descriptivo y no experimental, se ha identificado que en la Corte Superior del Santa, durante el año 2016, se han tramitado 995 procesos por alimentos y 52 por filiación. Asimismo, a la par del análisis documental de la legislación nacional y comparada, y opiniones de distintos autores sobre la materia, hemos comprobado que, la vigencia del hijo alimentista está determinada por la inmediata asistencia material que requiere un menor para su subsistencia y no por la vigencia de la prueba biológica de ADN; empero amerita perfeccionar la norma jurídica que regula el proceso de filiación, pues sólo así se podrá garantizar el derecho a la identidad genética de los niños, niñas y adolescentes, a través de la determinación de su progenitor, y con ello no sólo el derecho alimentario, sino todos los derechos derivados del vínculo paterno filial.