El deber alimentario entre los integrantes de las familias reconstituidas, en el sistema jurídico peruano
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Fecha
2018-02-14
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Editor
Universidad San Pedro
Resumen
En la legislación peruana la definición de familia y las situaciones jurídicas ( deberes y derechos) que surgen entre sus integrantes no se encuentra aún debidamente legisladas; ha sido la jurisprudencia especialmente la del tribunal constitucional la que ha establecido nuevas definiciones como son: las familias monoparentales y reconstituidas o reemsambladas ; sin embargo los deberes que nacen entre sus integrantes no han quedado claramente definidos por lo que haciendo un análisis documental y aplicando entrevistas a los operadores jurídicos responsables de la aplicación de los derechos que surjan entre estos especialmente el de alimentos se ha establecido como resultados que en trabajos de investigación en el país como tesis y artículos concluyen que si corresponde el deber alimentario entre sus integrantes aún cuando no exista vinculo de parentesco entre sus integrantes. Por su parte los magistrados de la corte superior de justicia del Santa han manifestado conocer la posición del tribunal constitucional, que no se ha presentado aún ningún caso en esta sede pero que de presentarse la declararían fundada hasta un límite de 18 años.
Descripción
Palabras clave
Familia, Alimentos, Civil