Centro de Investigación Derecho
URI permanente para esta colección
Examinar
Examinando Centro de Investigación Derecho por Materia "Civil"
Mostrando 1 - 3 de 3
Resultados por página
Opciones de ordenación
Ítem Atribuciones del juzgador del proceso alimentario sujeto a prorrateo en Chimbote 2016(Universidad San Pedro, 2018-02-14) Urbina Sanjines, Carlos Alfredo; Beltrán Bowldsmann, Carlos; Giannina Meléndez Azaña, KatherineComo problemática, los investigadores hemos observado que en nuestra legislación, el derecho fundamental alimentario es tutelado por el proceso de alimentos, sin embargo, en muchos casos, dichas sentencias son inejecutables debido a la existencia previa de pensiones alimenticias que embargan las remuneraciones del obligado hasta el 60% permitido; las cuales serán de conocimiento del juzgador a mérito de la contestación de la demanda; dejando el derecho alimentario del nuevo y último alimentista demandante restringido. Esto genera que tenga que accionarse nuevamente ante el órgano jurisdiccional, mediante una demanda de prorrateo de alimentos, donde el juez (de la sentencia más antigua), debe volver a conocer; no solo la situación del proceso que se desarrolló en su juzgado sino la de los otros alimentistas concurrentes; a fin de que un derecho ya reconocido sea ejecutable. Estando de manifiesto lo innecesariamente dilatorio que se torna el proceso alimentario, utilizando un método exegético, un método dogmático y la consulta de expedientes referidos a procesos alimentarios, analizaremos e identificaremos la incidencia con que se producen, y abordaremos la necesidad de que se establezcan nuevos criterios normativos que amplíen las atribuciones de los operadores del derecho para garantizar la justa y celéril distribución de los alimentos entre los que tienen este derecho.Ítem El concebido en el sistema civil peruano hacia una conceptualización(Universidad San Pedro, 2017-02-14) Urcia Quispe, Manuel Ulises; Urbina Sanjines, Carlos Alfredo; Carranza Sanchez, MilagrosComo hemos indicado al inicio de nuestro proyecto de investigación, en nuestra legislación peruana, los sujetos de derechos son la persona natural, la persona física, la persona jurídica o moral, y el concebido, sobre este último, se le ha agregado el término" a condición de que nazca vivo", esto ha generado una serie de interrogantes, al momento de aplicar los derechos que le pudieran corresponder especialmente los patrimoniales, pues en nuestro Código Civil no tiene una definición clara, desde que momento se considera la condición cumplida, es así que algunos consideran que basta que salga de vientre materno para que sea sujeto de derecho, sin importar la llamada "viabilidad", esto es que nacimiento se debe entender como haber cumplido con el ciclo de desarrollo para éste, posición que esa asumida por algunas legislaciones. El propósito de nuestra investigación ha sido analizar la legislación comparada, para establecer una definición del concebido para el Código Civil Peruano y de esta manera llenar estos vacíos o deficiencias, y así evitar, engorrosos trámites administrativos o judiciales para determinar si corresponden los derechos patrimoniales, para esto se ha utilizado, la técnica de análisis documental, y como instrumento el análisis de contenido para la legislación y la jurisprudencia nacional, los resultados obtenidos han sido que diversa legislación como la francesa reconoce un elemento importante para considerar al concebido como sujeto de derecho esto es la "viabilidad" al momento del nacimiento al igual que la legislación chilena, el cual consideramos, que se debe incorporar necesariamente, en nuestro Código Civil, peruano para el reconocimiento de derechos patrimoniales.Ítem El deber alimentario entre los integrantes de las familias reconstituidas, en el sistema jurídico peruano(Universidad San Pedro, 2018-02-14) Urcia Quispe, Manuel; Hurtado Chancafe, Alberto; Guzmán Morales, BriseydaEn la legislación peruana la definición de familia y las situaciones jurídicas ( deberes y derechos) que surgen entre sus integrantes no se encuentra aún debidamente legisladas; ha sido la jurisprudencia especialmente la del tribunal constitucional la que ha establecido nuevas definiciones como son: las familias monoparentales y reconstituidas o reemsambladas ; sin embargo los deberes que nacen entre sus integrantes no han quedado claramente definidos por lo que haciendo un análisis documental y aplicando entrevistas a los operadores jurídicos responsables de la aplicación de los derechos que surjan entre estos especialmente el de alimentos se ha establecido como resultados que en trabajos de investigación en el país como tesis y artículos concluyen que si corresponde el deber alimentario entre sus integrantes aún cuando no exista vinculo de parentesco entre sus integrantes. Por su parte los magistrados de la corte superior de justicia del Santa han manifestado conocer la posición del tribunal constitucional, que no se ha presentado aún ningún caso en esta sede pero que de presentarse la declararían fundada hasta un límite de 18 años.