Chacon Mercedes, Martin MartinBecerra Acosta, Carmen Orfelinda2026-02-022026-02-032026-02-022026-02-032025-08-13https://hdl.handle.net/20.500.12976/27529El presente trabajo de suficiencia profesional, ha tenido lugar en la ciudad de Cuzco, analizando la Casación 3851-2019 CUSCO que trato sobre el divorcio por causal de imposibilidad de hacer vida en común tuvo como parte procesal demandante a don M. J. H. R.y parte demandada a doña C. A. H. S., en donde se declaró INFUNDADO. Las situaciones que se ven comprendidas en el análisis de esta causal es la motivación procesal y sustancial regulados en el art 333 inciso 11 del Código Civil, siendo esta causal de índole socio familiar, situación que ha merituado el análisis a nivel jurisprudencial para la delimitación de la causal. Como conclusión principal tenemos que esta causal es la menos usada procesalmente por cuanto sus elementos configurantes no vinculan la naturaleza jurídica del divorcio por causal de imposibilidad de hacer vida en común. La recomendación, es que la Corte Suprema emita resoluciones judiciales con observancia al derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales. Que las universidades, realicen talleres de capacitación jurídica sobre derecho de familia y procesal de familia. a los Magistrados.application/pdfspainfo:eu-repo/semantics/openAccessDivorcioDerecho CivilANÁLISIS DE LA CASACIÓN 3851-2019-CUSCO SOBRE IMPOSIBILIDAD DE HACER VIDA EN COMÚN EN EL PERÚinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesishttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01