Tello Delgado, Isidoro2018-03-072018-03-072016-02-08http://repositorio.usanpedro.edu.pe/handle/USANPEDRO/3949Los alimentos tienen carácter fundamental, ya que de ello depende la subsistencia de un ser que no se puede valer por sí mismo, para poder desarrollarse como persona en el medio social al que pertenece subsistiendo este aunque sea mayor pero siempre debiendo fundamentar la necesidad (caso mayores de edad y los incapaces). Se deben alimentos recíprocamente los Ascendientes, Descendientes, cónyuge y hermanos en orden de prelación, subsumiendo el más cercano al más lejano. Como se ve el registro de morosos en el pago de los alimentos, no es eficaz, ya que los obligados a prestar alimentos, no le dan la importancia debida, ya que no ha disminuido la cantidad de deudores alimentariosapplication/pdfspainfo:eu-repo/semantics/restrictedAccessDerecho alimentarioparientes obligadosexoneración de alimentospensión alimentista.Alimentos de la nueva generacióninfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis