Solorzano Berdiales, Ivan Jeysoon2018-03-072018-03-072017-10-17http://repositorio.usanpedro.edu.pe/handle/USANPEDRO/3982En trabajo intitulado la extinción de la pensión alimenticia es un mecanismo procesal que vía acción se termina con la obligación alimentaria o, también, la conclusión de la relación jurídica entre el alimentista y alimentante, que ocurre cuando el titular del derecho o el de la obligación ha fallecido. En efecto, la norma positiva expresa que la obligación de prestar alimentos se extingue por muerte del obligado o del alimentista, sin perjuicio de la afectación de la porción de libre disposición de existir hijos alimentistas, conforme lo preceptúa el artículo 728 del Código Civil. No, se debe confundir la exoneración con la extinción de la obligación alimentaria son dos institutos jurídicos parecidos en cuanto a sus efectos, pero diferenciados por diversas causas y motivos para cancelar las obligaciones, Por ejemplo, el tema materia del trabajo de suficiencia profesional rige desde la muerte del deudor y/o acreedor alimentario y la exoneración deriva del concierto de voluntades y son refrendadas e impuestas por la ley. En tal razón, el autor para su mejor estudio y explicación de su investigación desarrolló su trabajo empezando con los antecedentes más relevantes, marco teórico, legislación nacional la jurisprudencia, derecho comparado. Por otra parte, se dan las conclusiones, recomendación, con su resumen de rigor, dando a conocer las referencias bibliografías, las cuales son las bases que sirvieron para estructurar el proyecto de sentencia conforme a la doctrina, la ley y la máxima de la experiencia.application/pdfspainfo:eu-repo/semantics/restrictedAccesspensión alimenticiaExtinción de la pensión alimenticiainfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis