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dc.contributor.authorBroncano Gómez, Haydee Asunciona
dc.date.accessioned2018-03-07T04:39:38Z
dc.date.available2018-03-07T04:39:38Z
dc.date.issued2017-10-12
dc.identifier.urihttp://repositorio.usanpedro.edu.pe/handle/USANPEDRO/3971
dc.description.abstractmotivo de su interés la convivencia armónica entre los cónyuges, puesto que de ella depende el mantenimiento del vínculo legal. Por otro lado, hay previsión legal sustantiva y procesal para el caso contrario y otras cuestiones sobrevinientes, (separación de cuerpos y disolución del vínculo matrimonial). Los divorcios que son cada vez más comunes en el Perú, y no se tratan de una percepción, hablamos de una estadística. Por ejemplo en el 2016, 90 mil peruanos se casaron hasta octubre, 25 649 registraron su divorcio, informa el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), dentro de ello está tanto la separación de cuerpos (divorcio relativo) como el divorcio vincular (divorcio absoluto) pueden ser demandados en base a cualesquiera de las causales contenidas en los incs. 1 a 12 del arto 333 del CC. El divorcio es tan antiguo como el matrimonio, si bien muchos pueblos no lo consintieron por razones religiosas, sociales o económicas, desde el momento en que el hombre instituyó el matrimonio sabía que no iba a ser para siempre, considerando la posibilidad de su ruptura, particularmente frente al adulterio, la causa más común y de mayor amenaza. A la Iglesia Católica le corresponde el papel de ir prohibiendo el divorcio, imponiendo la teoría del carácter indisoluble del vínculo, aunque, frente a situaciones extraordinarias, abrió la posibilidad de la separación de cuerpos. De ahí que países de arraigado sentimiento católico como Italia y España fueron los últimos en admitirlo en sus leyes. En Perú el divorcio fue instituido en el Código Civil de 1936, pero bajo reglas y requisitos que más favorecía por la separación. Sería el Código Civil actual, vigente desde 1984, el que finalmente adoptó el divorcio, pero sujeto a la concurrencia de causales específicas y taxativas (Art.333). Como una de las causales sujeto a su analices en este trabajo: "DIVORCIO POR CAUSAL: Violencia Física y Psicológica", asimismo la vía procedimental que le corresponde es del Proceso de Conocimiento, y que concluye con una sentencia. En dicha sentencia, el órgano jurisdiccional se debe pronunciar sobre varios aspectos. Uno de estos ejemplares que acredita la praxis de la administración de justicia, ante el pedido de un divorcio y de una decisión final contenida en una sentencia, es aquel que se observa en el EXPEDIENTE N° 01083-2011-0-1308-JR-FC-01. JUZGADO DE FAMILIA DE HUARA. En este documento (expediente), se puede observar que el divorcio se ha solicitado en base la causal: La violencia física y psicológica. En la sentencia de primera instancia se observa que la demanda de divorcio ha sido declarada Inadmisible y luego falla fundada. Asimismo, tomando en cuenta que las partes no han formulado el recurso de apelación de conformidad con la ley procesal el Juez del proceso lo ha elevado en consulta ante la Sala Superior Civil. En dicha instancia, por Sentencia de Vista de fecha, 15 de agosto del año 2012, se observa que éste órgano superior a aprobado la sentencia consultada, y reformándola, ha resuelto declarar FUNDADA la demanda.es_ES
dc.description.uriTrabajo de Suficiencia Profesionales_ES
dc.formatapplication/pdfes_ES
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherUniversidad San Pedroes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccesses_ES
dc.sourceUniversidad San Pedroes_ES
dc.sourceRepositorio Institucional - USPes_ES
dc.subjectDivorcio por causales_ES
dc.subjectviolencia física y psicológicaes_ES
dc.titleDivorcio por causal: Vilencia Físca y Psicológicaes_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
thesis.degree.nameAbogadoes_ES
thesis.degree.grantorUniversidad San Pedro. Facultad De Derecho Y Ciencias Politicases_ES
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_ES
thesis.degree.disciplineDerechoes_ES
thesis.degree.programPresenciales_ES
renati.author.dni15865635
renati.typehttps://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesional
renati.discipline341106
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesional
renati.jurorQuezada Tomas, Angel Robertoes_ES
renati.jurorBejarano Lujan, Patricia Estheres_ES
dc.publisher.countryPE


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