El delito de tenencia ilegal de armas en el sentido estricto y normativo dentro de nuestra Legislación Peruana.

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Fecha

2019-05-03

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Universidad San Pedro

Resumen

El Artículo 279º del Código Penal establece que "El que, ilegítimamente, fabrica, almacena, suministra o tiene en su poder bombas, armas, municiones o materiales explosivos, inflamables, asfixiantes o tóxicos o sustancias o materiales destinados para su preparación, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de quince años". Descripción genérica propia de las denominadas "leyes penales en blanco" que nos obliga a buscar en la norma extrapenal el complemento indispensable a fin de precisar el ámbito prohibitivo del tipo penal. En este caso particular, la expresión "ilegítima" es entendida por la legislación y la jurisprudencia como "ilegal" de allí que resulte común la denominación tenencia ilegal o posesión ilegal, como en efecto ocurre en la generalidad de resoluciones judiciales emitidas sobre la materia y específicamente en la legislación especial. Así la DIRECTIVA QUE ESTABLECE NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY Nº 28397 y, que fuera aprobada por Resolución Ministerial Nº 1683-2005-IN-1701, estableció como norma general que por posesión ilegal de armas de fuego debía entenderse a la posesión de aquellas armas y municiones que "no se encontraban registradas en las FF. AA. PNP y DICSCAMEC y que por tanto no cuentan con licencia correspondiente", mientras que por posesión irregular de armas de fuego debía entenderse "la posesión de armas y municiones registradas por las FF. AA. PNP y DICSCAMEC con licencias vencidas". En este orden de ideas, resulta que cuando el Artículo 279º del Código Penal describe el tipo penal del delito de tenencia ilegal de armas de fuego alude específicamente a la posesión de armas sin la licencia o autorización correspondiente, conclusión reiterada por diversos pronunciamientos judiciales. Debiéndose precisar que la posesión irregular constituye una infracción administrativa que da lugar a la imposición de una multa y a la posterior renovación de la licencia o autorización.

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Palabras clave

Tenencia ilegal de armas, Legislación Peruana

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