Desigualdad remunerativa casación laboral N° 1790-2012 - La Libertad

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Fecha

2019-03-22

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Editor

Universidad San Pedro

Resumen

Se han desarrollado los criterios que debe tomar en cuenta el empleador para hacer una diferencia en el pago de las remuneraciones de sus trabajadores; ello con la finalidad de prevenir un abuso del derecho y vulneración de principio de igualdad y no discriminación laboral; estableciéndose una propuesta de fiscalización previa de posible aplicación, para tal efecto, se realiza una revisión de la doctrina especializada que nos permita identificar los criterios de diferenciación salarial que resultan válidos constitucionalmente, y luego se examina la casuística recaída en los fallos de tribunales peruanos, al no existir una regulación que establezca lineamientos claros y objetivos para la elaboración de escalas salariales en el empleo público, pues la legislación solo se limita a normar el piso mínimo y el tope máximo de remuneración que puede percibir un servidor público, ello ocasiona que las escalas varíen sustancialmente de una Entidad a otra, e incluso dentro de una misma organización, lo cual trasgrede el derecho a la igualdad remunerativa. Así también, se apuntala que se vulnera el derecho a la igualdad remunerativa cuando la organización estatal aprueba una escala remunerativa que establece mayores salarios solo para un régimen laboral, aun cuando coexistan, dentro de aquella, dos o más regímenes laborales.

Descripción

Palabras clave

Desigualdad remunerativa

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