La intangibilidad sexual de menor de edad en el Derecho penal Peruano

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Fecha

2019-01-25

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Editor

Universidad San Pedro

Resumen

Las violaciones sexuales son un delito frecuente en América latina, donde el Perú es uno de los países con más altas tasas de denuncias por violaciones sexuales de la región y en donde la violencia sexual es un fenómeno extendido en todos los sectores económicos, grupos de edad y espacios urbanos rurales. Si bien en la primera década del siglo XXI ha crecido la atención a los problemas de seguridad ciudadana, la violencia sexual en general y las violaciones sexuales en particular a los menores de edad, han recibido una especial atención por parte de las instituciones del Estado y por una gran parte de la sociedad civil y los medios de comunicación. Cabe precisar que este tipo de delitos, no tienen unidades especializadas de combate y persecución, son delitos que atacan la libertad de las personas en su vida más íntima y, la mayor parte de las veces, no son denunciados por diversas causas, a pesar de eso, el volumen de las denuncias ubica al Perú entre los países con más altas tasas sexuales del continente y revelan la precariedad de la situación y la violencia extendida en nuestro país. A pesar de las limitaciones de información, se muestra la precariedad de la situación del país respecto a este fenómeno, la alta tasa de ocurrencia del delito respecto del continente y la vulnerabilidad de las mujeres y los menores de edad, principales víctimas de este delito de Violación Sexual. La victimización de menores es una realidad a la que tenemos que enfrentarnos como sociedad y que puede llegar a suponer graves consecuencias negativas para el desarrollo de aquellos miembros más vulnerables: niñas, niños y adolescentes. En los Delitos contra la libertad en la modalidad de Violación a la Libertad Sexual en menores de edad, la tutela penal prevista en nuestro ordenamiento jurídico penal es la libertad sexual de la víctima, es decir, la capacidad de actuación sexual y tratándose de menores de edad, la norma considera que la libertad sexual de la víctima en la modalidad de Violación Sexual de menor de edad artículo 173° del Código Penal.

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Palabras clave

Intangibilidad sexual, Menor de edad

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