Ineficacia de las medidas de protección en la prevención del delito de feminicidio

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Fecha

2023-01-11

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Editor

Universidad San Pedro

Resumen

En la presente investigación sobre las Medidas de Protección en la prevención del delito de feminicidio se tiende a confrontar la eficacia de estas garantías dictadas por los jueces del Juzgado de Familia que, de modo abstracto cumplen con su finalidad de proteger o prevenir los actos de violencia en sus diversas modalidades contra la mujer. Con la Ley Nº 30364 y la creación de un manual de procedimientos. Estos se inician con la denuncia de la agraviada ante la Policía Nacional, este pone en conocimiento al Juez de Familia, dentro de las 24 horas, el Juez de Familia citará a una audiencia especial en las 72 horas para brindar las medidas de protección necesaria y así amparar a la víctima o agraviada, luego el Juez de familia remitirá todo lo actuado a la Fiscalía Penal correspondiente para su inicio de investigación de los hechos expuestos en la denuncia y seguirá su procedimiento correspondiente y, si cumplen con su finalidad encontrándose en el fuero penal. En nuestra legislación penal peruana, el feminicidio es siempre un delito doloso o intencional, donde no es admisible la acción involuntaria o culpa. Está considerado como un delito de connotación especial. El Tribunal Constitucional señaló que no está permitida la revictimización y que es suficiente la declaración de la víctima en la sede policial para conocer el riesgo. No se necesita volver a citar a la víctima para que declare otra vez en la audiencia. Con este trabajo de investigación se da a conocer la ineficacia de las medidas de protección en la figura del delito de feminicidio, entendiéndose que el daño que ocasiona trasciende a la vulneración del derecho a la vida de las mujeres (bien jurídico protegido), y el entorno de la víctima. Por lo que a pesar de que a las mujeres se les otorga esa protección el agresor no cumple con las obligaciones impuestas, en su lugar reincide en los hechos, aumenta su frecuencia y su intensidad hasta llegar, en algunos de los casos, a acabar con la vida de la mujer, es decir, cometiendo feminicidio. Asimismo, afecta a la sociedad en su conjunto, dañando la moral colectiva. Se observan los motivos de protección estipulados en la Ley 30364 y que no son eficaces para prevenir el feminicidio, las cuales son: la poca ejecución por parte de la Policía Nacional ya que no cuentan con el presupuesto suficiente, no tienen el personal capacitado suficiente, no cuentan con los recursos técnicos, y la víctima no comunica a la policía.

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Ineficacia de las medidas de protección en la prevención del delito de feminicidio

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