Incorporación del acoso sexual en las relaciones laborales en el Código Penal Peruano.

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Fecha

2020-08-28

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Editor

Universidad San Pedro

Resumen

El estudio se llevó a cabo en las instituciones públicas de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, Ilustre Colegio de Abogados de Cajamarca, en el año 2018. El objetivo fue determinar la procedencia de la incorporación del "Acoso Sexual en las relaciones laborales" como delito en nuestro Código Penal Peruano, capitulo VII, "Violación a la libertad de trabajo" en el Artículo 168 (art 168 C). En referencia a la metodología fue un estudio de carácter cuantitativo con un tipo y diseño relacional, la población fue integrada por magistrados, abogados haciendo un total de 63, se empleó la técnica de la encuesta como instrumento para evaluar la incorporación del acoso sexual en las relaciones laborales en base a dos cuestionarios uno para magistrados y abogados. Los resultados obtenidos luego de evaluar las variables, permitieron que se verificará la hipótesis propuesta, en el sentido que la incorporación del acoso sexual en las relaciones labores en el Código Penal Peruano servirá como única solución para erradicar en forma proporcional la situación problemática frente al incremento de casos, y su vez se brindará una adecuada protección a la víctima. En los resultados finales de las encuestas se observa que la gran mayoría, 13 magistrados 50 abogados muestran su conformidad.

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